El ministro de Transporte, Mario Meoni, anunció el lunes que se estaba «pensando en el 1° de octubre» como la fecha posible para retomar los vuelos regulares, comerciales, domésticos e internacionales.
Y si bien dijo que se estaban analizando los protocolos a seguir y en primera instancia probarían con vuelos Uruguay, Paraguay, Chile y Brasil, sus palabras causaron algún grado de euforia en un mercado aéreo fuertemente deprimido por el cierre de numerosas fronteras como forma de frenar el avance del coronavirus. Y en particular por la molestia de las aerolíneas internacionales con la Argentina, que iba a abrir los cielos en septiembre pero lo pasó a octubre.
Rápidamente, tras el anuncio del Ministro, la Dirección Nacional de Migraciones pisó el freno e impuso la cautela. Su titular, Florencia Carignano, aclaró que hasta ahora lo único que cambiará es la implementación de una Declaración Jurada Electrónica, obligatoria para quienes ingresen y egresen al territorio argentino. La misma está vigente desde este lunes 7, y las multas para las aerolíneas cuyos pasajeros no la cumplan comenzarán a regir en dos semanas, supo Clarín.
En Migraciones señalaron a este medio que la Declaración reemplazará al sistema que regía hasta ahora desde el cierre de fronteras aéreas, terrestres y marítimas -este se decidió en marzo en paralelo al decreto que estableció el Aislamiento Preventivo, Social y Obligatoria. Se usaba hasta ahora en los vuelos especiales que entran al país un papel en el que los pasajeros informaban sobre su condición sanitaria. El objetivo de la declaración que será ahora electrónica sigue siendo el mismo señalaron en Migraciones: evitar que personas positivas de Covid-19 entren al país, que se encuentra hoy en el décimo décimo lugar del ranking mundial de infectados, con más de 488.000 contagios.
Ahora, con la declaración jurada electrónica, afirman en el Ministerio del Interior confían en «reducir el tiempo de atención ante los inspectores de Migraciones ya que los datos consignados en la DDJJ se completarán de forma automática en el Sistema Integral de Captura Migratoria (SICaM) que opera en todo el país».
La declaración, que es parte despapelización del Estado, busca también evitar la aglomeración de pasajeros en el aeropuerto -y con ello reducir la posibilidad de contagio- cuando empiecen a permitir una primera tanda de vuelos internacionales a partir del 1° de octubre.
Debe ser completada por los pasajeros 48 horas antes de viajar y como, es un requisito migratorio, las empresas de transporte deben chequear y garantizar que sus pasajeros hayan realizado, señalaron. De hecho como se ve en el mismo formulario -y que se completa en la página de Migraciones- se establece que quienes ingresan al país se comprometen a hacer aislamiento durante un plazo de 14 días a partir de la fecha del viaje, controlar sus síntomas y evitar el contagio del coronavirus. Para eso se debe indicar el domicilio en el que se va a cumplir esta cuarentena.
También hay un apartado en el que se solicitan «datos sensibles» vinculados a los síntomas de la enfermedad y la posibilidad de haber estado en contacto con una persona infectada.
La declaración jurada contempla denuncias penales que incluyen delitos de acción pública, conforme lo previsto en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal. El artículo 205 determina: «Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”. Y el Artículo 239 establece que «será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal”.
Las únicas personas exceptuadas de la obligatoriedad de llenarla en forma electrónica, dice Migraciones, son los mayores de 70 años, quienes serán asistidos por agentes migratorios para la carga de datos. En el caso de los menores de edad o personas con discapacidad deberán completarla las personas adultas a cargo.